Ayudas al alquiler de vivienda para el periodo 2024-2025
Las Cámaras de Comercio de Canarias son las entidades colaboradores del Instituto Canario de Vivienda, en la gestión de las ayudas al alquiler de vivienda para el periodo 2024-2025, cofinanciadas por el Estado a través del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.
Para recibir atención telefónica y solicitar cita presencial pueden llamar a los siguientes números de teléfono:
Para acceder o consultar la Convocatoria y Bases, así como al formulario de Solicitud y Anexo de la Subvención pulse aquí.
Preguntas frecuentes
1- ¿Se puede presentar la Solicitud por Sede Electrónica sin tener Certificado Digital, Cl@ve o DNIe?
Sí, como novedad en esta convocatoria el solicitante podrá presentar su solicitud por la sede electrónica mediante su Identificación con el DNI o con el NIE.
También se podrá presentar la Solicitud en la Sede Electrónica utilizando los sistemas de Identificación Digital como Cl@ve, Certificado Digital o DNIe.
(https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/la_sede/sistemas_firma)
(Ver Resuelvo 4ª. 1 de la Resolución aprobación Bases y Convocatoria)
2- El Anexo II a la Solicitud, ¿debe estar firmado por el solicitante y por los convivientes?
Sí, se deberá imprimir el Anexo II y presentar cumplimentado y firmado tanto por el solicitante como por todas las personas de la unidad de convivencia mayores de 16 años. Para subirlo a la Sede Electrónica una vez firmado de forma manual, habrá que escanearlo y subirlo en PDF.
3- El empadronamiento tiene que estar actualizado, ¿cuánto tiempo dura su vigencia?
Los certificados empadronamiento deben estar vigentes en el momento de la Solicitud. Suelen tener una validez de 3 meses.
(Ver Base 4ª. 1. C)
4- ¿Qué es el Alta a Terceros?
Es el documento con el que el interesado solicita que se le de Alta en el Sistema de Información Económico-Financiera de la CAC, su cuenta bancaria para poderle pagar la subvención. Una vez realizado este trámite, deberá aportar este documento junto con la Solicitud.
http://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/dgtesoro/altas_terceros/
5- ¿Qué pasa si cambio de cuenta?
Debe realizar la Modificación de datos de Terceros Acreedores "Persona Física" en la sede electrónica y luego aportar dicha modificación.
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/5539
6- Si tiene prórroga del contrato, ¿se tienen que presentar los dos documentos y se incluye en la solicitud el importe actual?
Sí, se deben presentar los dos contratos y poner el importe que paga a fecha de solicitud.
7- Si la persona solicitante se mudó recientemente, ¿sólo puede presentar el contrato de su residencia actual?
Se tiene que presentar el contrato en vigor de la vivienda que tenga alquilada en el momento de la Solicitud.
(Ver Base 9ª. 11. 1. b)
8- Pregunta recurrente: En el año 2024 has tenido dos contratos de arrendamiento en dos viviendas diferentes. ¿Si presentas el empadronamiento en las dos viviendas puedes solicitar la ayuda desde Enero?
Sólo puede pedir la ayuda de la vivienda que tiene alquilada en el momento de su Solicitud. Se deben dar, simultáneamente, las condiciones de empadronamiento en la vivienda para cuyo alquiler se solicita la ayuda y la existencia del correspondiente contrato en vigor.
(Ver Base 5ª)
9- En el empadronamiento colectivo histórico aparecen personas que no pertenecen a mi unidad de convivencia, son inquilinos anteriores ¿Qué debo aportar en este caso?
Se debe solicitar la baja de las personas que no pertenecen a la unidad de convivencia en el Padrón municipal del Ayuntamiento correspondiente, antes de presentar la Solicitud de la Ayuda al alquiler. Tras dicha actualización, aportar el empadronamiento colectivo histórico actualizado.
10- ¿Qué ocurre si pago en efectivo la renta del alquiler?
Sólo cobrará la cantidad de 1.500€ en total (es decir, por los dos años que le corresponda la subvención en su caso).
11- ¿Puedo pagar mi alquiler por Bizum?
Sí, tiene que constar en el recibo los siguientes datos; datos personales y bancarios del arrendador y arrendatario, concepto, importe, fecha. En caso de no constar en el bizum, deberá aportar un documento firmado por el arrendador donde indique que los pagos que realiza son por bizum.
Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria